LOS DERECHOS DE AUTOR EN LOS BLOGS

Dar al César lo que es del César
Dominio Público Wikimedia Commons
En este blog muy ocasionalmente he usado el copia-pega, ya que al ser de opinión, es el 99.9% escrito de mi puño y letra. Pero a veces, me encuentro con artículos que se tratan de enumeraciones de hechos, con lo que realmente no se pueden modificar. Al final, ponía la fuente y con eso creía que era suficiente, pero recibí un amable mail de la revista de la que había copiado el texto explicándome cómo debía hacerlo. Las conversaciones que tuvimos les dio la idea de escribir una artículo sobre ello.

Aquí tenéis el elaborado y esclarecedor artículo que escribieron para "explicármelo", donde aparece Gobernar El Mundo como ejemplo.
http://gmtmas100.com/2011/05/07/copyleft-y-cultura-libre-como-copiar-contenidos-de-internet/
Explica todo lo concerniente a los derechos de autor, copyleft,.. realmente interesante y de obligada lectura para todo aquel que comienza un blog.

En cuestión de textos copiados, corregí el suyo y un par de párrafos que también tenía en las mismas circunstancias. Pero lo que no modifiqué fueron las imágenes, porque es imposible buscar el autor de las imágenes que tenía puestas. Pero a partir de ahora lo haré, lo prometo.

¿Dónde encuentro imágenes de libre acceso para poder publicar en mi blog? Aquí tenéis unas cuantas webs:
http://www.maestrosdelweb.com/editorial/donde-encontrar-imagenes-gratuitas/

Desde Google Imágenes, Picasa o Flickr copiamos indiscriminadamente las imágenes sin pararnos a pensar que tienen derechos de autor. Cuando realmente lo único que tenemos que hacer es poner un enlace a la url de la imagen original, en la mayoría de los casos.

Recordad, que si queréis modificar una imagen, tiene que tener licencia de "Obra Derivada".

El problema cuando buscas una imagen y en lugar de guardar y subir, cargáis directamente desde la url, es que si desaparece por cualquier motivo esa url o se modifica, pierdes la imagen. Además, en las RSS como LinkWithin no las reconoce, y te aparecerán los widgets de por ejemplo "Entradas más visitadas" o las que yo tengo bajo cada post, en blanco. Por ello recomiendo que se descarguen, las cargues de nuevo y le pongas el enlace a la url original o una nota al pie, según lo que el autor desee.

Para incluir tu blog en el listado de Creative Commons, y así dejar clara cual es tu postura hacia los visitantes que quieran usar tu contenido visita http://creativecommons.org/ , dale de alta e inserta un widget (artilugio html) en tu blog.

En mi caso, he escogido que no quiero que copien parte de mi texto y se modifique, sino que lo usen íntegramente, y siempre que no se use para fines comerciales. Mientras pongas la referencia al post y al blog puedes usar su contenido sin problemas. Al final de cada página podéis ver el logotipo de Creative Commons.

Como explico en la pestaña de FUNCIONAMIENTO, para cualquier reclamación o deseo de uso sobre derechos de autor, podéis poneros en contacto conmigo en mcmaicky@gobernarelmundo.com.


Licencia de Creative Commons
Gobernar el Mundo by www.gobernarelmundo.com is licensed under a Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 3.0 Unported License.
Copy Left: Salvo indicación expresa, todos los contenidos de esta página se encuentran bajo una licencia Creative Commons. Puedes usarlos, siempre que no se haga con fines comerciales y se cite su origen y al autor.

4 comentarios:

gmtmas100 dijo...

Gracias McMaicky por incluir nuestro enlace. Hace falta educación en este tema, que parece un embrollo y a veces, como dices, es tan sencillo como pegar un link, y ya está. Por cierto, nos encanta tu nuevo diseño :) ¡A gobernar se ha dicho!

mcmaicky dijo...

Gracias a vosotros de nuevo. No lo he escrito antes porque era incongruente escribir un artículo sobre derechos de autor y que mi logotipo fuese "copiado", jejeje. Así que una vez cambiado el diseño me puse a ello.

Bolígrafo, escáner de DNIs en escala de grises e imaginación, y no hace falta plagiar a nadie. :)

Anónimo dijo...

Una pregunta, todas las fotos e imagenes que se encuentran bajo el dominio http://www.gobernarelmundo.com son de su propiedad?. Voy a relizar un blog y quiero saber si la regulación (al parecer SI lo es!!) es flexible con este tema.

mcmaicky dijo...

No sé a qué te refieres con lo de que la legislación es flexible, realmente no lo es mucho.

Desde hace mas de un año todas las imágenes y fotos de este blog son o mías, o me las han cedido y pongo su autor, o son de dominio público.

Puede que antes del año haya fotos con copyright porque como explicaba las copiaba de otros blogs o webs. Pero cuando te pones a ello, es muy sencillo no saltarse la ley. Sigue las indicaciones que pongo en el artículo y listo.

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